Artículo
Artículo único.- Derógase el decreto con fuerza de ley Nº 123, de 1953, y el decreto ley Nº 1.184, de 1975.
📜 Texto Legal Técnico
DEROGA EL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 123, DE 1953, Y EL DECRETO LEY Nº 1.184, DE 1975
Decreto Ley 2204 · 2 artículos · Versión BCN: 1978-05-09 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- Derógase el decreto con fuerza de ley Nº 123, de 1953, y el decreto ley Nº 1.184, de 1975.
Artículo transitorio.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, continuarán vigentes las franquicias establecidas en el decreto con fuerza de ley Nº 123, de 1953, y sus modificaciones para las ferias internacionales autorizadas por decreto de fecha anterior a la publicación de este decreto ley.