Artículo
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Liliana Benavides del Villar el período comprendido entre el 15 de Enero de 1948 al 15 de Septiembre de 1949, para todos los efectos legales y, en especial, para los de su jubilación. Las imposiciones serán de cargo de la interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
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