Artículo
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Miguel Armando Iturriaga Ochsenius, para que reintegre imposiciones por el período comprendido desde el 1º de Agosto de 1948 al 31 de Octubre de 1965. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, procederá a recibir las imposiciones por el período señalado, las que serán de cargo del interesado.
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