Artículo
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Lola Keller Fonck, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación, el período comprendido entre el 27 de Abril de 1967 al 1º de Abril de 1971. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por el período señalado, las que serán de cargo de la interesada.
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