Artículo
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Silvia María González Salinas, para todos los efectos legales, los períodos de tiempo comprendido entre el 4 de Abril hasta el 3 de Mayo; desde el 1º al 30 de Junio; desde el 1º al 30 de Julio; desde el 1º al 30 de Septiembre y desde el 1º al 30 de Diciembre de 1952, y desde el 1º al 28 de Febrero de 1953. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones, por el período señalado, las que serán de cargo de la interesada.
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