Artículo 1
Artículo 1º.- Créase una plaza de Cónsul Particular, asimilada al sueldo de Tercer Secretario Sexta Categoría, exterior, que será servido por el Señor Ramón Vinay Sepúlveda.
CREA PLAZA DE CONSUL PARTICULAR PARA SER SERVIDA POR DON RAMON VINAY SEPULVEDA
Decreto Ley 2132 · 5 artículos · Versión BCN: 1978-02-01 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1º.- Créase una plaza de Cónsul Particular, asimilada al sueldo de Tercer Secretario Sexta Categoría, exterior, que será servido por el Señor Ramón Vinay Sepúlveda.
Artículo 2º.- Esta plaza no estará incluida en el Escalafón de los Cónsules de carrera, debiendo consultarse separadamente en las respectivas Leyes de Presupuesto, y no gozará de los derechos de antigüedad y ascensos que a tales cargos corresponda.
Artículo 3º.- La renta que perciba el señor Vinay en el cargo consular, será incompatible con cualquier jubilación que pudiera tener, como también con la de cualquier otro cargo público que desempeñare, excepto los artísticos, periodísticos y científicos.
Artículo 4º.- El señor Vinay no desempeñará las funciones consulares ordinarias que determina el actual Reglamento Consular, aprobado por el decreto Nº 172 de 1977, del Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiéndole únicamente una labor de cooperación con el Consulado que exista en la ciudad en que sea designado.
Artículo 5º.- El gasto que demande el presente decreto ley se consultará anualmente en la Ley de Presupuesto, y el del presente año se imputará al Presupuesto corriente en moneda extranjera convertible a dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores. Secretaría y Administración General y Servicio Exterior, Item 06 01 00 22.