Artículo
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Luis Guillermo Riveros Ortega, para todos los efectos legales, el período efectivamente trabajado desde el 25 de Marzo de 1966 al 2 de Octubre de 1970. Las imposiciones serán de cargo del interesado e integradas a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.
📜 Texto Legal Técnico
