Artículo UNICO
Artículo único.- Apruébase el Convenio Constitutivo del Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, adoptado el 13 de Junio de 1976 por la Conferencia de las Naciones Unidas para la creación de un Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola y suscrito por el Gobierno de la República de Chile con fecha 19 de Enero de 1977.
📜 Texto Legal Técnico
