Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Pedro Vicente Palma Barandiaran, para todos los efectos legales, el período efectivamente trabajado desde el 20 de Enero al 31 de Julio de 1948. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, procederá a recibir las imposiciones por los períodos señalados, las que serán de cargo del interesado.
📜 Texto Legal Técnico
