Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Edward Herbert Mac-Donald Conley, el período efectivamente trabajado, comprendido entre el 1º de Abril de 1971 y el 31 de Julio de 1973, para todos los efectos legales y, en especial, para que su cónyuge viuda doña Laura Alicia Lizasoain Couprie pueda disfrutar el beneficio del montepío. Las imposiciones serán de cargo de la interesada y la Caja de Previsión de Empleados Particulares procederá a su recepción y a otorgar a la beneficiaria, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud efectuada a la Caja, el goce de la pensión de viudez y de orfandad a que tiene derecho.
