Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña María Ester Salvatierra Zamorano, para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 1º de Diciembre de 1950 al 28 de Febrero de 1953. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo de la interesada.
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