Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don César Romualdo Alarcón Fuentes, para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 1º de Abril de 1949 al 1º de Abril de 1953. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado.
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