Artículo
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Nelly Pezoa Yáñez, para todos los efectos legales, y, en especial, para los de reliquidación de su actual pensión de retiro, el período comprendido entre el 1º de Marzo de 1948 y el 28 de Febrero de 1950. El integro de las imposiciones correspondientes a dicho período, será de cargo de la interesado.
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