Artículo
Artículo único: Autorízase, por gracia, a doña Ester Roa Rebolledo para que integre imposiciones por el período comprendido entre el 20 de Mayo de 1956 y el 18 de Mayo de 1963. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir dichas imposiciones, las que serán de cargo de la interesada.
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