Artículo UNICO
"Artículo único. Concédese, por gracia, a don Alberto Jaramillo Morales, una pensión de quince mil pesos ($ 15.000) mensuales. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."
📜 Texto Legal Técnico
