Artículo UNICO
"Artículo único. Concédese, por gracia, al ex sargento 1.o de la Fuerza Aérea de Chile, don Germán Danilo Espinoza Riquleme, el derecho a acogerse al artículo 36.o de la ley N.o 11.595, considerando el cese de su cargo la fecha de promulgación de la presente ley. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al respectivo ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."
📜 Texto Legal Técnico
