Artículo UNICO
Artículo único.- Apruébase el Convenio sobre Seguridad Social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República del Paraguay, suscrito en Asunción, Paraguay, el 16 de Diciembre de 1976.
📜 Texto Legal Técnico
APRUEBA CONVENIO SOBRE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE LAS REPUBLICAS DE CHILE Y DEL PARAGUAY, SUSCRITO EN ASUNCION, EL 16 DE DICIEMBRE DE 1976
Decreto Ley 1926 · 1 artículos · Versión BCN: 1977-09-15 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- Apruébase el Convenio sobre Seguridad Social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República del Paraguay, suscrito en Asunción, Paraguay, el 16 de Diciembre de 1976.