Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Miguelina de las M. Pino Bastías, para todos los efectos legales, el período de tiempo comprendido entre el 18 de Enero de 1952 y el 31 de Enero de 1953. Las imposiciones correspondientes a dicho período, serán de cargo de la interesada. La Caja Nacional de Empleados Públicos procederá a su recepción.
📜 Texto Legal Técnico
