Artículo UNICO
Artículo único.- Declárase que los 40 años de servicio a que se refiere la ley Nº 4.025, de 20 de Junio de 1924, que concedió pensión de montepío a las hijas solteras del Cirujano Mayor de la Armada don Germán Segura González, son válidos para todos los efectos legales, inclusive trienios. La Caja de Previsión de la Defensa Nacional procederá a reliquidar, a contar de la fecha de vigencia de este decreto ley, la pensión de montepío de que actualmente disfrutan las señoritas Graciela Isabel Segura Carter y Raquel del Carmen Segura Carter, considerando el expresado beneficio sin necesidad de requerimiento de las interesadas.
