Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Ariel Pinto Pinto, para todos los efectos legales, el período de tiempo servido entre el 1º de Mayo de 1946 al 31 de Diciembre de 1948. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por el período señalado, las que serán de cargo del interesado.
📜 Texto Legal Técnico
