Artículo
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a doña Margarita Elisa Guzmán Quiroga para que reintegre a la Caja de Previsión de Empleados Particulares las imposiciones por los períodos comprendidos entre el 1º de Marzo de 1949 al 30 de Septiembre de 1957 y desde el 1º de Junio de 1959 al 15 de Diciembre de 1964. Las imposiciones serán de cargo de la interesada y la Caja mencionada procederá a su recepción.
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