Artículo
Artículo único.- Autorízase a Investigaciones de Chile, por esta única vez, para llamar a integrar el Curso de Perfeccionamiento Especial para ascender al grado de Subprefecto, hasta un total de 18 Subcomisarios; además de los Comisarios a quienes corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la ley Nº 15.143, de 1963, y 11 del decreto ley número 1.147, de 1975. Las disposiciones legales y reglamentarias que se refieren a los "Comisarios" como integrantes de dicho curso, deberán entenderse comprensivas, por esta vez, de los Subcomisarios que sean llamados a integrarlo.
