Artículo
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Juan Agustín Abdón Mellado Vivanco, para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 15 de Abril de 1941 al 31 de Marzo de 1942. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por el período señalado, las que serán de cargo del interesado.
📜 Texto Legal Técnico
