Artículo
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Custodio Venegas Saldivar, para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 3 de Enero al 31 de Marzo de 1957, y desde el 1º de Marzo al 31 de Agosto de 1958. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por los períodos señalados, las que serán de cargo del interesado.
📜 Texto Legal Técnico
