Artículo UNICO
Artículo único. Autorízase a la Municipalidad de la comuna de Concepción para donar a perpetuidad al Cuerpo de Bomberos de esa ciudad, el predio y edificio municipal que ocupa actualmente y que se encuentra ubicado en calle O'Higgins esquina de Orompello. Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
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