Artículo 1
Articulo 1.o La suma de doscientos mil pesos y ($ 200,000) asignada a la comuna de Porvenir, por decreto número 3,586, de 16 de Agosto de 1929, de los fondos del empréstito autorizado por la ley número 4,421, para pavimentación de Magallanes, podrá ser invertida en la construcción de las obras necesarias para establecer en dicha comuna el servicio de agua potable.
