Artículo UNICO
"Artículo único.- Sustitúyese en el artículo 3º de la ley Nº 11.564, sobre mataderos clandestinos, la expresión "multa de cinco a cien escudos" por "multa de once a quince unidades tributarias mensuales".".
📜 Texto Legal Técnico
ACTUALIZA MULTAS EN LA LEY Nº 11.564
Ley 19730 · 1 artículos · Versión BCN: 2001-06-01 · Ver en LeyChile ↗
"Artículo único.- Sustitúyese en el artículo 3º de la ley Nº 11.564, sobre mataderos clandestinos, la expresión "multa de cinco a cien escudos" por "multa de once a quince unidades tributarias mensuales".".