Artículo UNICO
"Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Nelly Baeza Monsalves una pensión mensual equivalente a dos sueldos vitales de la provincia de Santiago. El mayor gasto que signifique la aplicación del presente decreto ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."
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