Artículo UNICO
"Artículo único. Autorízase al Presidente de la República para que ordene la devolución a la 5,a Compañía de Bomberos de Osorno, de la cantidad de $ 9,210.60, que ha pagado por derechos de importación y otros de las mercaderías a que se refieren las pólizas números 670 y 1384, internadas de Alemania por los vapores "Poseidon" y "Naguilán", respectivamente, según manifiestos números 38 y 192. Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".
