DISPONE QUE LAS EXPOSICIONES, YA SEAN NACIONALES O
EXTRANJERAS, QUE SE REALICEN CON AUTORIZACION O
PATROCINIO DEL GOBIERNO, QUEDARAN EXENTAS DEL PAGO DE
LOS IMPUESTOS FISCALES O MUNICIPALES QUE AFECTEN LAS
ENTRADAS, LOS ACTOS CULTURALES Y LOS ARRIENDOS Y
SUBARRIENDOS DE ESPACIOS Y LOCALES
Ley 11534 · 4 artículos · Versión BCN: 1954-06-07 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
"Artículo 1.o Las exposiciones, ya sean nacionales o extranjeras, que se realicen con la autorización o patrocinio del Gobierno quedarán exentas del pago de los impuestos fiscales o municipales que afecten a: 1.o Las entradas que se expendan para visitarlas; 2.o Los actos culturales que se realicen dentro de los locales, tales como conciertos, representaciones teatrales u otros, y 3.o Los arriendos y subarriendos de espacios y locales
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2.o Para gozar de las exenciones tributarias establecidas en el artículo anterior, las exposiciones nacionales deberán ser organizadas por alguna entidad gremial de la producción o del comercio que goce de personalidad jurídica y deberán, además, tener por objeto la divulgación o difusión de los productos de la minería, de la industria fabril, la agricultura, ganadería y otras actividades derivadas de la agricultura. Las exposiciones extranjeras deberán tener el mismo objeto y, además, contar con el patrocinio oficial del Gobierno del país de donde provengan.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3.o Los alumnos, ya sea de educación primaria, secundaria o universitaria, estarán exentos de pagar entradas a estas exposiciones. Los primeros se acreditarán con un certificado de su respectivo establecimiento educacional, los segundos, con su carnet universitario.
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Artículo TRANSITORIOTransitoriotransitorio
Artículo transitorio. Las disposiciones de la presente ley se aplicarán a la Feria de Productos Españoles, a la Exposición organizada por la Asociación de Industrias Metalúrgicas y a la Exposición Vitivinícola de Chile, realizadas últimamente en Santiago, condonándoseles los impuestos adeudados a que se refiere el artículo 1.o de la presente ley".