Artículo 1
"Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 1º transitorio de la ley Nº 19.665, que reformó el Código Orgánico de Tribunales: 1) Sustitúyese el numeral 3), por el siguiente: "3) Con, a lo menos, doscientos setenta días de antelación a la fecha de entrada en vigencia de la reforma procesal penal en la Región respectiva, las Cortes de Apelaciones efectuarán el llamado a concurso para proveer sólo los cargos de jueces de garantía que se indican, con la finalidad de que asuman en los meses señalados en la tabla siguiente: AÑO 2003 Juzgados de Garantía Mayo de 2003 Diciembre de 2003 CORTE DE APELACIONES DE VALPARAISO Valparaíso 3 1 Viña del Mar 3 1 Quilpué 1 0 Villa Alemana 1 0 Casablanca 1 0 La Ligua 1 0 Los Andes 1 0 San Felipe 1 0 Quillota 1 0 Calera 1 0 Limache 1 0 San Antonio 1 1 Total 16 3 CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA Rancagua 1 1 Rengo 1 0 San Vicente 1 0 San Fernando 1 0 Santa Cruz 1 0 Graneros 1 0 Total 6 1 CORTE DE APELACIONES DE CHILLAN Chillán 1 1 San Carlos 1 0 Yungay 1 0 Total 3 1 CORTE DE APELACIONES DE CONCEPCION Los Angeles 1 1 Concepción 3 0 Talcahuano 1 1 Tomé 1 0 Coronel 1 0 Arauco 1 0 Cañete 1 0 San Pedro 1 0 Chiguayante 1 0 Total 11 2 CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA Valdivia 1 1 Mariquina 1 0 Los Lagos 1 0 Osorno 1 1 Río Negro 1 0 Total 5 2 CORTE DE APELACIONES DE PUERTO MONTT Puerto Montt 1 0 Puerto Varas 1 0 Castro 1 0 Ancud 1 0 Total 4 0 Total 45 9 AÑO 2004 2005 Juzgados de Garantía Noviembre de 2004 Junio de 2005 CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO 1º de Santiago 3 0 2º de Santiago 3 4 3º de Santiago 3 1 4º de Santiago 3 4 5º de Santiago 3 1 6º de Santiago 3 1 7º de Santiago 3 0 8º de Santiago 3 1 9º de Santiago 3 4 13º de Santiago 3 2 14º de Santiago 3 4 Colina 1 0 Total 34 22 CORTE DE APELACIONES DE SAN MIGUEL 10º de Santiago 1 1 11º de Santiago 3 1 12º de Santiago 3 0 15º de Santiago 3 0 Puente Alto 3 0 San Bernardo 3 0 Melipilla 1 0 Talagante 1 0 Curacaví 1 0 Total 19 2 Total 53 24 Las Cortes de Apelaciones llamarán a concurso para proveer los cargos de jueces de garantía que no sean llenados en virtud de las reglas anteriores de este numeral, con la antelación necesaria para que quienes sean nombrados asuman en los meses siguientes: Juzgados de garantía correspondientes a las Cortes de Apelaciones de Valparaíso, Rancagua, Chillán, Concepción, Valdivia y Puerto Montt: diciembre de 2004. Juzgados de garantía correspondientes a las Cortes de Apelaciones de Santiago y de San Miguel: junio de 2006.". 2) Sustitúyese el numeral 4), por el siguiente: "4) Una vez nombrados los jueces de garantía que asumirán en mayo del año correspondiente, las Cortes de Apelaciones efectuarán el llamado para el nombramiento de cuatro jueces de tribunal de juicio oral en lo penal, que constituirán una sala, con la finalidad de que asuman en los meses señalados en la tabla siguiente: AÑO 2003 Tribunales de Juicio Oral en lo Penal Diciembre de 2003 Corte de Apelaciones de Valparaíso 4 Corte de Apelaciones de Rancagua 4 Corte de Apelaciones de Chillán 4 Corte de Apelaciones de Concepción 4 Corte de Apelaciones de Valdivia 4 Corte de Apelaciones de Puerto Montt 4 AÑO 2005 Tribunales de Juicio Oral en lo Penal Junio de 2005 Corte de Apelaciones de Santiago 4 Corte de Apelaciones de San Miguel 4 Las Cortes de Apelaciones llamarán a concurso para proveer los cargos de jueces de tribunal de juicio oral en lo penal que no sean llenados en virtud de las reglas anteriores de este numeral, con la antelación necesaria para que quienes sean nombrados asuman en los meses siguientes: Tribunales de juicio oral en lo penal correspondientes a las Cortes de Apelaciones de Valparaíso, Rancagua, Chillán, Concepción, Valdivia y Puerto Montt: diciembre de 2005. Tribunales de juicio oral en lo penal correspondientes a las Cortes de Apelaciones de Santiago y de San Miguel: junio de 2007.". 3) Introdúcese un numeral 4 bis) nuevo, del siguiente tenor: "4 bis) La sala, constituida de acuerdo al inciso primero del numeral anterior, actuará como itinerante dentro del territorio jurisdiccional correspondiente, ejerciendo, para todos los efectos legales, la competencia de los tribunales de juicio oral en lo penal de la Región o jurisdicción de la Corte respectiva, según sea el caso, que no estén instalados, hasta que todos se encuentren en funcionamiento por aplicación de dicho numeral. Dicha sala funcionará, para todos los efectos administrativos, en el juzgado de garantía de la misma localidad. Para su funcionamiento, se nombrará sólo un encargado de sala, un administrativo 1º y un ayudante de audiencia, de conformidad al procedimiento previsto en el artículo 2º transitorio, en lo que resulte aplicable, dentro de los treinta días siguientes a la asunción en sus cargos por los jueces integrantes de la sala. El juez presidente del comité de jueces hará las propuestas respectivas sin necesidad de que se encuentre nombrado el administrador del tribunal.". 4) Introdúcese un numeral 4 bis A), del tenor siguiente: "4 bis A) La Corte Suprema, con el informe previo de la Corporación Administrativa del Poder Judicial y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria correspondiente, en junio y diciembre de cada año, o excepcionalmente con anterioridad, comunicará al Presidente de la República si resultare necesario anticipar el nombramiento de nuevos jueces de garantía o de tribunal de juicio oral en lo penal, en relación con las fechas previstas en los párrafos finales de los numerales 3) y 4).". 5) Introdúcese un numeral 4 bis B), del tenor siguiente: "4 bis B) Las Cortes podrán elaborar ternas simultáneas, de manera que el procedimiento respectivo concluya dentro de los plazos correspondientes.". 6) Reemplázase, en el numeral 6), la expresión "cinco" por "veinte". 7) Reemplázase, en el numeral 7), la expresión "tribunal de juicio oral en lo penal" por "juzgado de garantía", y "juzgado de garantía" por "tribunal de juicio oral en lo penal". 8) Suprímese el numeral 10). 9) Reemplázase, en los incisos primero y segundo del numeral 11), la frase "tribunales de juicio oral en lo penal" por "juzgados de garantía", y "juzgados de garantía" por "tribunales de juicio oral en lo penal".
