Artículo 152 quáter I

Artículo 152 quáter ICódigo del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si decidiste cambiarte a teletrabajo después de haber sido contratado, cualquiera puede volver a la modalidad presencial avisando con 30 días de anticipación. Si tu contrato nació bajo teletrabajo, para volver a la oficina se requiere el acuerdo de ambos.

Texto oficial

Artículo 152 quáter I.- En caso de que la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo se acuerde con posterioridad al inicio de la relación laboral, cualquiera de las partes podrá unilateralmente volver a las condiciones originalmente pactadas en el contrato de trabajo, previo aviso por escrito a la otra con una anticipación mínima de treinta días. Si la relación laboral se inició conforme a las normas de este Capítulo, será siempre necesario el acuerdo de ambas partes para adoptar la modalidad de trabajo presencial.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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