Artículo 17 — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si contratan a un menor sin cumplir las reglas, el empleador debe pagar igual, pero el Inspector del Trabajo ordenará detener el trabajo y aplicará multas. Cualquier persona puede denunciar situaciones donde se infrinjan los derechos laborales de niños y adolescentes.
Art. 17. Si se contratare a un niño, niña o adolescente sin sujeción a lo dispuesto en los artículos precedentes, el empleador estará sujeto a todas las obligaciones inherentes al contrato mientras se aplicare; pero el inspector del trabajo, de oficio o a petición de parte, deberá ordenar la cesación de la relación y aplicar al empleador las sanciones que correspondan. Cualquier persona podrá denunciar ante los organismos competentes las infracciones relativas al trabajo de niños, niñas y adolescentes de que tuviere conocimiento.
Fuente: BCN / LeyChile ↗