Artículo 183 AA

Artículo 183 AACódigo del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si la empresa donde trabajas te contrata a través de una agencia no inscrita en la Dirección del Trabajo, ellos serán considerados tu empleador directo. Además, la empresa usuaria será sancionada con una multa por cada trabajador contratado en esa situación.

Texto oficial

Artículo 183-AA.- La usuaria que contrate a un trabajador de servicios transitorios por intermedio de empresas no inscritas en el registro que para tales efectos llevará la Dirección del Trabajo, quedará, NOTA: respecto de dicho trabajador, excluida de la aplicación de las normas del presente Párrafo 2º. En consecuencia, el trabajador se considerará como dependiente de la usuaria, vínculo que se regirá por las normas de la legislación laboral común. Además, la usuaria será sancionada administrativamente por la Inspección del Trabajo respectiva, con una multa equivalente a 10 unidades tributarias mensuales por cada trabajador contratado. NOTA: El Art. segundo transitorio de la LEY 20123, publicada el 16.10.2006, estableció que las modificaciones introducidas por la citada ley regirán a contar de 90 días después de su publicación.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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