Artículo 276

Artículo 276Código del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Puedes armar centrales sindicales sin pedirle permiso a nadie. Solo necesitas registrar tus estatutos y el acta de constitución en la Dirección del Trabajo para obtener tu personalidad jurídica. Es un derecho directo para los trabajadores, siguiendo lo que dicta la ley.

Texto oficial

Art. 276. Reconócese el derecho de constituir centrales sindicales, sin autorización previa. Estas adquirirán personalidad jurídica por el solo registro de sus estatutos y acta de constitución en la Dirección del Trabajo, en conformidad a la ley.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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