Artículo 288 — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si no hay una norma especial para centrales, federaciones o confederaciones, se les aplican directamente las mismas reglas que este Libro III del Código del Trabajo le asigna a los sindicatos comunes. Es el marco general para todo este tipo de organizaciones.
Art. 288. En todo lo que no sea contrario a las normas especiales que las rigen, se aplicará a las federaciones, confederaciones y centrales, las normas establecidas respecto a los sindicatos, contenidas en este Libro III.
Fuente: BCN / LeyChile ↗