Artículo 385

Artículo 385Código del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

El arbitraje es un proceso donde tú, como parte del sindicato o empleador, llevas la negociación a un tribunal especial. Su decisión se llama laudo o fallo. Un reglamento del Ministerio del Trabajo y Hacienda define cómo se eligen los árbitros y cómo funciona todo este procedimiento para ti.

Texto oficial

Art. 385.- Definición de arbitraje. El arbitraje es un procedimiento a través del cual la organización sindical y el empleador, en los supuestos y al amparo de las reglas que señala este Capítulo, someten la negociación colectiva a un tribunal arbitral para decidir el asunto. La resolución del tribunal arbitral se denominará indistintamente laudo o fallo arbitral. Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos siguientes, un reglamento dictado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social y suscrito por el Ministro de Hacienda determinará las condiciones, plazos y formas por las cuales se llevará a cabo la designación del tribunal arbitral, la contratación de los árbitros, la supervigilancia del Registro Nacional de Árbitros Laborales y demás normas necesarias para el funcionamiento del arbitraje de que trata este Capítulo.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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