Artículo 52 — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si no alcanzas a trabajar el año completo en la empresa, no te preocupes, pues de todas formas tienes derecho a recibir tu gratificación. Esta se calculará de manera proporcional a los meses que efectivamente trabajaste durante el periodo en cuestión.
Art. 52. Los trabajadores que no alcanzaren a completar un año de servicios tendrán derecho a la gratificación en proporción a los meses trabajados.
Fuente: BCN / LeyChile ↗