Artículo 93 — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Se consideran trabajadores agrícolas de temporada a todas aquellas personas que realizan faenas transitorias, ya sea cultivando la tierra, trabajando en procesos industriales derivados de la agricultura, o prestando servicios en aserraderos y plantas de madera, siempre que sea por tiempo limitado.
Art. 93. Para los efectos de este párrafo, se entiende por trabajadores agrícolas de temporada, todos aquellos que desempeñen faenas transitorias o de temporada en actividades de cultivo de la tierra, comerciales o industriales derivadas de la agricultura y en aserraderos y plantas de explotación de madera y otras afines.
Fuente: BCN / LeyChile ↗