Código del Trabajo

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Lenguaje Simple

FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL CODIGO DEL TRABAJO

DFL 1 · 729 artículos · Versión BCN: 2003-09-24 · Ver en LeyChile ↗

Artículo 425

Explicación en Lenguaje Simple:

En los juicios laborales, todo es oral, público, rápido y gratuito. Para que el proceso sea transparente, el juez debe estar presente y todo lo que se diga o decida en las audiencias se grabará obligatoriamente. Así nos aseguramos de que siempre quede un registro fiel de lo que sucedió.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 426

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te citan a una audiencia, esta se hará aunque no vayas. Si no asistes, se te aplicará lo que se decida. Puedes ir con un representante. Una vez que la audiencia empieza, no puede suspenderse, salvo por situaciones graves y excepcionales justificadas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 427

Explicación en Lenguaje Simple:

Las audiencias deben ser dirigidas siempre por tu juez, ya que él no puede delegar esa tarea. Si no lo hace, todo queda nulo. Solo si hay retrasos graves, el secretario abogado puede reemplazarlo y asumir todas sus funciones y responsabilidades durante el resto del juicio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 427BIS

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes pedir participar en audiencias por videoconferencia si el juez lo aprueba. Debes avisar antes y dejar datos de contacto. La identidad se verifica remotamente antes de empezar, aunque ciertas declaraciones clave deben ser presenciales. Si falla la tecnología, puedes alegar entorpecimiento.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 428

Explicación en Lenguaje Simple:

Debes saber que las actuaciones del juicio son públicas. Todo tiene que hacerse de forma rápida, intentando juntar en un solo momento todas las gestiones que sean posibles. Así, el proceso avanza con la celeridad necesaria para que no se pierda tiempo innecesario.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 429

Explicación en Lenguaje Simple:

Aquí tienes lo que hace el tribunal: él debe actuar por sí mismo, buscando pruebas y corrigiendo errores para que el juicio avance sin detenerse. La nulidad solo se acepta si te causó un daño real que no pudo arreglarse y siempre que tú no hayas provocado el error.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 430

Explicación en Lenguaje Simple:

En el juicio, actúa siempre de buena fe. Si intentas retrasar el proceso innecesariamente, el juez podrá rechazar tus acciones de inmediato para evitar abusos o trampas. Si el juez declara que tu actuación busca demorar el juicio, puedes pedirle que reconsidere su decisión en la misma audiencia.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 431

Explicación en Lenguaje Simple:

Todos los trámites hechos por funcionarios del tribunal son gratuitos. Si tienes escasos recursos, tienes derecho a defensa legal sin costo a través de las corporaciones de asistencia o abogados de turno. Recuerda que solo abogados habilitados pueden hacer las defensas orales.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 432

Explicación en Lenguaje Simple:

Si este código no dice nada sobre un tema, usa las reglas del Código de Procedimiento Civil, siempre que no contradigan los principios laborales. Eso sí, para ciertos casos especiales, primero aplica las reglas generales de este procedimiento para que todo sea coherente. Tú siempre ten presente este orden.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 433

Explicación en Lenguaje Simple:

Si lo pides y el juez acepta, los trámites (que no sean audiencias) pueden hacerse por medios electrónicos. En este caso, el administrador del tribunal tiene la obligación de dejar registrado por escrito cómo y cuándo se realizó dicha gestión para mayor control.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 434

Explicación en Lenguaje Simple:

Para ir a juicio, necesitas contar con el patrocinio de un abogado y ser representado por alguien habilitado. Si ya constituiste tu mandato y patrocinio en el tribunal laboral, estos siguen vigentes para el proceso en el tribunal de cobranza laboral.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 435

Explicación en Lenguaje Simple:

Los plazos legales son estrictos; si se vencen, pierdes tu derecho a realizar el acto. El tribunal debe actuar rápido para seguir el juicio. Los plazos en días se suspenden durante los feriados, así que solo se cuentan los días hábiles.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 436

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando te demanden, la primera notificación debe ser personal y con todos los documentos. Puedes recibirla en lugares públicos a cualquier hora, o en tu casa o trabajo de 6 a 22 horas. Si te notifican en día inhábil, tus plazos legales empezarán a correr desde el día hábil siguiente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 437

Explicación en Lenguaje Simple:

Si no te encuentran, el notificador dejará copias a un adulto en tu domicilio o trabajo, o pegará un aviso si es necesario. Se debe enviar una carta certificada avisándote. Si no envían la carta, el responsable será sancionado, pero la notificación igual vale.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 438

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando te notifiquen una demanda en tu lugar de trabajo, si ese sitio depende del empleador con quien tienes el juicio, deben hacerlo siempre en persona. Esto asegura que recibas la información directamente donde trabajas, tal como exige la ley.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 439

Explicación en Lenguaje Simple:

Si no logras dar con la persona o su domicilio, el juez puede autorizar que la notifiquen por un aviso en el diario. Si eres trabajador y se publica en el Diario Oficial, ¡es gratis! Esto asegura que todos sepan lo que pasa y puedan defenderse bien en el juicio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 439BIS

Explicación en Lenguaje Simple:

¿Sabías que en varios juzgados cercanos, como los de Santiago y sus comunas vecinas, o parejas de ciudades como Concepción y Talcahuano, pueden hacer trámites entre ellos sin necesidad de exhortos? Si la cercanía y conexión lo hacen aconsejable en otras regiones, también podrán actuar de la misma forma.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 440

Explicación en Lenguaje Simple:

Las notificaciones posteriores se hacen electrónicamente. Si el demandado no ha actuado, se usa carta certificada. Debes indicar un domicilio en la ciudad del tribunal; si no lo haces, las resoluciones se notificarán por el estado diario sin más aviso ni petición.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 441

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el tribunal dicta otras resoluciones, quédate tranquilo: se consideran notificadas apenas aparezcan anotadas en el estado diario. Así de simple, desde ese momento ya estás informado de lo que el juez decidió.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 442

Explicación en Lenguaje Simple:

Después de la primera notificación, todas las demás se enviarán al medio electrónico que informaste. Es obligatorio que sea un canal rápido y eficaz. Si no proporcionas uno o no funciona, se te notificará por el estado diario automáticamente por lo que reste.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 443

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te surge cualquier problema durante el juicio, lo ideal es que lo plantees de inmediato en la audiencia para que se resuelva ahí mismo. Solo en casos excepcionales, el juez podrá decidir postergar la solución para cuando dicte el fallo definitivo de tu causa.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 444

Explicación en Lenguaje Simple:

Para asegurar que el juicio llegue a buen puerto, el juez puede tomar medidas necesarias y proporcionales sobre el patrimonio. A veces, pueden aplicarse antes de notificar si hay razones graves. Si no presentas tu demanda en diez días, estas medidas caducan. También puedes pedirlas antes de demandar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 445

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando el juez termine el juicio o resuelva un incidente, debe decidir quién paga los gastos del proceso. Si tú, como trabajador, tienes beneficio de pobreza y ganas, los gastos que le toque pagar a la otra parte irán directamente a la institución que te brindó defensa gratuita.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 446

Explicación en Lenguaje Simple:

La demanda debe ser escrita, con datos completos de las partes, hechos y peticiones claras. Las pruebas documentales se entregan en la audiencia, salvo lo administrativo. Si demandas cotizaciones impagas, el juez avisará a la institución de seguridad social por carta certificada.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 447

Explicación en Lenguaje Simple:

El juez debe declararse incompetente si corresponde y enviar los antecedentes al tribunal adecuado. Si la acción ya caducó, rechazará la demanda. En temas de seguridad social, si no adjuntas la resolución previa exigida, el juez rechazará tu demanda sin más trámite.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 448

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes incluir todas tus acciones contra un mismo demandado en una sola demanda. Si los procedimientos son distintos, cada una sigue sus normas. Si una acción depende de otra, el plazo para la segunda se suspende hasta que la primera esté resuelta.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 449

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tienes varias demandas iguales contra la misma persona, el juez puede unir los juicios si van en la misma etapa y no se atrasan. Te damos tres días para opinar sobre esta unión, pero finalmente el juez decide. Además, él siempre tiene la facultad de separar las causas después.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 450

Explicación en Lenguaje Simple:

El juicio se hace en dos audiencias: primero una preparatoria y luego la de juicio, siguiendo las reglas que te explico más adelante.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 451

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando el tribunal acepta tu demanda, te citará a una audiencia preparatoria. Ahí debes avisar qué pruebas presentarás para que el juez vea si sirven. Si no vas, se hará igual con las partes presentes y te afectará todo lo que ahí se decida.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 452

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te demandaron, debes responder por escrito antes de la audiencia preparatoria. Ahí debes contar tu versión, defenderte y, si corresponde, presentar tu propia demanda contra el otro. Todo debe ser claro y concreto.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 453

Explicación en Lenguaje Simple:

En la audiencia preparatoria, el juez resume tu caso. Si nadie asiste, pueden pedir una nueva fecha una sola vez. Se revisan excepciones legales y, si no respondes o no niegas los hechos, el juez podría darlos por aceptados. Si te allanas parcialmente, el juicio sigue solo por lo pendiente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 454

Explicación en Lenguaje Simple:

En la audiencia de juicio se presentan las pruebas. Primero va el demandante, salvo en despidos, donde el empleador parte probando sus razones. Si te citan a confesar y no vas o evades, se pueden dar por ciertos los hechos de la contraparte. Las preguntas deben ser claras.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 455

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando termine la audiencia, se redactará un acta donde quedará anotado el lugar, la fecha y quiénes asistieron, incluyendo a los abogados. Además, el juez podrá dejar constancia de cualquier otro detalle que considere necesario para el registro.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 456

Explicación en Lenguaje Simple:

El juez decide según la 'sana crítica'. Esto significa que debe explicarte con lógica, razonamiento y pruebas por qué tomó su decisión, considerando si la evidencia es contundente, precisa y coherente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 457

Explicación en Lenguaje Simple:

El juez puede dictar sentencia al final de la audiencia o fijar una nueva fecha para darla a conocer dentro de los días siguientes. Se entiende que ya estás notificado, aunque no vayas ese día.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 458

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando el juez dicte la sentencia final, se encargará de resolver todo lo que se discutió en el juicio y que aún no tiene respuesta, incluyendo tus demandas, defensas o cualquier problema que haya surgido en el camino y que impida seguir adelante con el caso.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 459

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando un juez dicte sentencia, debe incluir: lugar y fecha, quiénes son las partes, un resumen del caso, el análisis de las pruebas, las leyes aplicadas, la decisión final con los montos a pagar y quién paga las costas. En audiencias preparatorias, basta con algunos de estos puntos básicos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 460

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el juez que dirigió tu audiencia de juicio no alcanza a dictar la sentencia, tienes que saber que la audiencia debe hacerse de nuevo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 461

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el fallo final lo ordena, les avisaremos a las entidades de seguridad social sobre tu situación. Así, ellas podrán realizar las acciones que la ley establece para cobrar tus cotizaciones, según corresponda en cada caso.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 462

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando tu sentencia ya no tenga más recursos, el tribunal certificará que está firme. Si no se cumple en un plazo de cinco días, el tribunal iniciará el proceso de cobro por su cuenta, siguiendo lo que dicen los artículos siguientes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 463

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando necesites cobrar un título ejecutivo laboral, no te preocupes. El tribunal se encarga de gestionar todo el proceso por escrito y de oficio, dictando las resoluciones y realizando las diligencias necesarias para que se cumpla lo que te deben.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 464

Explicación en Lenguaje Simple:

Para cobrar deudas laborales, necesitas un título ejecutivo. Estos son: sentencias definitivas, acuerdos ante el juez, finiquitos autorizados, actas de acuerdos firmadas ante el Inspector del Trabajo, contratos colectivos con obligaciones claras o cualquier otro documento al que la ley le dé fuerza para exigir su pago.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 465

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando necesites cobrar lo que dice tu sentencia laboral, sigue las reglas de este proceso. Si falta alguna norma aquí, se usarán las del Código de Procedimiento Civil, siempre que no contradigan los principios del derecho del trabajo. Así aseguramos que tus derechos se respeten como corresponde.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 466

Explicación en Lenguaje Simple:

Si no se cumple la sentencia, el tribunal envía los papeles para cobrar. Se calcula cuánto debes exactamente (con intereses y reajustes) y se te notifica para que pagues en unos días.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 467

Explicación en Lenguaje Simple:

Como medida preventiva, el tribunal puede pedirle al Fisco que retenga el dinero de tu devolución de impuestos para asegurar el pago de la deuda.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 468

Explicación en Lenguaje Simple:

Si acuerdas pagar en cuotas, debes ratificarlo ante el juez. Si te atrasas, el total de la deuda se hace exigible de inmediato y el juez puede aumentar el saldo pendiente hasta en un 150%.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 469

Explicación en Lenguaje Simple:

Si recibes la liquidación de la deuda y crees que hay un error en los cálculos o en las sumas, tienes pocos días para reclamar. El juez resolverá rápidamente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 470

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te cobran, solo puedes defenderte alegando que ya pagaste, que la deuda fue perdonada, que hubo un nuevo acuerdo o que la deuda ya no existe. Debes mostrar pruebas por escrito.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 471

Explicación en Lenguaje Simple:

Si no pagas, se embargarán tus bienes para venderlos en remate y pagar la deuda. El precio mínimo del remate baja si no hay interesados. El ganador puede ser el propio trabajador para saldar lo que se le debe.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 472

Explicación en Lenguaje Simple:

Por regla general, no puedes apelar las decisiones que se toman durante este proceso de cobro, salvo en el caso específico del artículo 470.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 473

Explicación en Lenguaje Simple:

Para cobrar documentos que no son sentencias judiciales, se aplican reglas especiales similares. Se te exigirá pagar y, si no te encuentran o no vas, se pueden embargar tus bienes de inmediato.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 474

Explicación en Lenguaje Simple:

Para presentar estos recursos, guíate por las reglas que aparecen en este mismo apartado. Si necesitas más información que no esté aquí, puedes usar las normas generales que aparecen en el Código de Procedimiento Civil.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 475

Explicación en Lenguaje Simple:

La reposición sirve para corregir autos, decretos y sentencias interlocutorias que no terminan el juicio. Si el juez dicta algo en audiencia, debes reclamar ahí mismo de forma verbal. Si es fuera de audiencia, tienes tres días para presentar tu solicitud.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 476

Explicación en Lenguaje Simple:

Solo puedes apelar sentencias interlocutorias que terminen el juicio o impidan seguir, las que tratan medidas cautelares o las que fijan beneficios de seguridad social. En estos casos, la apelación no detiene el cumplimiento de lo que se decidió originalmente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 477

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te dieron una sentencia definitiva, solo puedes usar el recurso de nulidad cuando se violaron tus garantías constitucionales o la ley influyó en el fallo. No existen otros recursos después de esto; su fin es anular parte o todo el juicio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 478

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes pedir la nulidad de un juicio si hubo errores graves, como un juez no habilitado, fallos contradictorios o problemas con las pruebas y requisitos legales. Si te aceptan el recurso, el tribunal dictará un nuevo fallo o determinará cómo continúa tu proceso según corresponda.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 479

Explicación en Lenguaje Simple:

Debes presentar el recurso de nulidad por escrito ante el mismo tribunal que dictó el fallo, dentro de diez días desde la notificación. Debes explicar claramente qué vicio o infracción ocurrió. La Corte puede revisar otras causales de oficio si corresponde.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 480

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando presentes el recurso, el tribunal verá si cumple con los requisitos para enviarlo a la Corte. Esto suspende la sentencia. Si varias partes reclaman, el beneficio les sirve a todos, a menos que el motivo sea personal de quien presentó el recurso. El tribunal decidirá si es admisible.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 481

Explicación en Lenguaje Simple:

En la audiencia de nulidad, cada parte tiene hasta treinta minutos para explicar sus alegatos. No se aceptan pruebas nuevas, a menos que sean estrictamente necesarias para probar la nulidad. Si no llegas a la audiencia, se considera abandonado tu recurso.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 482

Explicación en Lenguaje Simple:

Tienes cinco días tras la audiencia para conocer el fallo. Si se acoge la nulidad, el tribunal te indicará cómo sigue el proceso. Ten presente que no puedes presentar más recursos contra esta decisión ni contra la sentencia que resulte del nuevo juicio que se ordene realizar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 483

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el fallo de tu recurso de nulidad no te convence, excepcionalmente puedes presentar un recurso de unificación. Solo podrás hacerlo si existen interpretaciones distintas sobre el mismo tema legal en fallos firmes previos dictados por nuestros Tribunales Superiores de Justicia.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 483A

Explicación en Lenguaje Simple:

Tienes quince días para presentar este recurso ante la Corte de Apelaciones para que lo vea la Suprema. Debes acompañar los fallos distintos que prueban la diferencia. No suspende el cumplimiento de la sentencia, salvo que sea imposible reparar el daño después.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 483B

Explicación en Lenguaje Simple:

Para ver esta causa, tienes que seguir las mismas reglas que se usan en las apelaciones. Eso sí, ten en cuenta que cada parte solo tiene un máximo de treinta minutos para presentar sus alegatos frente al tribunal. Es importante que respetes este tiempo durante la sesión.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 483C

Explicación en Lenguaje Simple:

El fallo de este recurso solo afecta a tu caso y no cambia otros fallos previos. Si se acepta, la Corte Suprema dicta una sentencia de reemplazo de inmediato. No hay más recursos posibles, solo solicitudes para corregir errores de redacción o cálculo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 484

Explicación en Lenguaje Simple:

Tus causas laborales tienen prioridad y se ven según el orden en que ingresaron. El tribunal debe dedicar al menos un día a la semana para esto. Si hay mucho atraso, el Presidente de la Corte de Apelaciones debe asignar una sala exclusiva para que se pongan al día.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 485

Explicación en Lenguaje Simple:

Este procedimiento sirve para proteger tus derechos fundamentales en la relación laboral, como la integridad, privacidad o libertad de trabajo. También aplica ante actos discriminatorios o represalias por denunciar. No puedes usarlo si ya presentaste un recurso de protección constitucional.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 486

Explicación en Lenguaje Simple:

Si sienten que sus derechos fundamentales fueron vulnerados, el trabajador o sindicato pueden pedir tutela judicial. La Inspección del Trabajo debe informar al tribunal y puede denunciar. Tienes sesenta días desde la vulneración para presentar la denuncia, previo intento de mediación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 487

Explicación en Lenguaje Simple:

Este procedimiento es especial y exclusivo para proteger tus derechos fundamentales. Por lo tanto, no puedes mezclarlo con otros juicios o acciones legales diferentes en la misma denuncia; debe ser un proceso enfocado solo en esta protección y nada más.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 488

Explicación en Lenguaje Simple:

Ten presente que estos juicios son prioritarios para el tribunal. Esto significa que tu causa se verá antes que cualquier otra. Además, si presentas algún recurso durante el proceso, el juez también deberá resolverlo con esa misma preferencia y rapidez que el resto de las actuaciones de tu caso.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 489

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te despidieron vulnerando tus derechos, tienes sesenta días para denunciar. Si ganas, el juez ordena pagar indemnizaciones y un monto extra de entre seis y once meses de sueldo. Si el despido fue discriminatorio y grave, puedes optar a reincorporarte.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 489BIS

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te despiden y el motivo se declara discriminatorio porque tienes cáncer, este acto será considerado siempre como una falta grave. Esto es importante para las consecuencias y reparaciones que el tribunal deberá aplicar según lo establecido en el artículo anterior.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 490

Explicación en Lenguaje Simple:

Tu denuncia debe incluir los datos básicos, un relato claro de los hechos y todas las pruebas que tengas. Si te falta presentar algo, el juez te dará un plazo único e improrrogable de cinco días para que lo entregues al tribunal.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 491

Explicación en Lenguaje Simple:

Una vez que el juez admite tu denuncia de tutela laboral, el juicio seguirá las reglas generales del procedimiento de aplicación general. Esto significa que se utilizarán las normas comunes que regulan los juicios laborales en el sistema judicial de Chile.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 492

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el juez nota que el daño es grave o irreversible, puede ordenar que el acto se suspenda de inmediato. Si no se respeta su decisión, te aplicará multas que se repetirán hasta que cumplas. Ten presente que, contra lo que decida el juez en estos casos, no puedes presentar recursos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 493

Explicación en Lenguaje Simple:

Si presentas pruebas que dan señales claras de que se vulneraron tus derechos, la carga se invierte: ahora es el denunciado quien debe explicar ante el tribunal por qué tomó esas medidas y demostrar que fueron proporcionales y justas en su actuar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 494

Explicación en Lenguaje Simple:

Para dictar sentencia, el juez considerará el informe de fiscalización, lo que tú y la otra parte expongan y las pruebas que presenten. El fallo se entregará en la misma audiencia o, a más tardar, dentro de los diez días siguientes, tal como indica la ley.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 495

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando el juez dicte sentencia, te dirá si tus derechos fueron vulnerados. Si es así, ordenará que el maltrato pare, que te reparen y paguen indemnizaciones. El juez hará que todo vuelva a la normalidad y multará al infractor. Siempre enviaremos una copia a la Dirección del Trabajo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 496

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tienes un conflicto laboral por un monto igual o menor a quince ingresos mínimos, o si se trata de los casos del artículo 201, te cuento que se aplicará un procedimiento especial para resolver tu situación. Esto permite tramitar estos temas de una forma más sencilla y directa para ti.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 497

Explicación en Lenguaje Simple:

Antes de ir a juicio, debes reclamar en la Inspección del Trabajo. Ellos citarán a una reunión de conciliación, notificando por carta certificada o personalmente. Lleva todos tus papeles (contratos, sueldos, asistencia) para intentar llegar a un acuerdo rápido con tu empleador.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 498

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te citan a la Inspección del Trabajo y no vas sin justificación, el trámite se cierra y se archiva. Pero no te preocupes, esto no te quita el derecho de presentar una demanda judicial siguiendo las reglas generales de los tribunales laborales.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 499

Explicación en Lenguaje Simple:

Si no hay acuerdo en la Inspección, puedes demandar ante el juez laboral. Debes presentar tu demanda por escrito con toda la información necesaria y adjuntar el acta de la reunión fallida ante la Inspección. Esto es obligatorio para seguir el proceso legal.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 500

Explicación en Lenguaje Simple:

El juez revisará tu caso y, si ve que tienes la razón, fallará a tu favor de inmediato. Si falta información, citará a una audiencia única de conciliación, contestación y prueba. Tienes diez días hábiles para reclamar si no estás conforme con lo resuelto.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 501

Explicación en Lenguaje Simple:

A la audiencia debes ir con todas tus pruebas. Si envías a un representante, debe tener facultades para negociar. El juez dictará la sentencia al finalizar la audiencia, salvo en casos muy complejos donde tiene un plazo máximo de tres días para hacerlo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 502

Explicación en Lenguaje Simple:

Si no estás de acuerdo con lo que decidió el juez en este procedimiento monitorio, puedes usar casi todos los recursos legales disponibles. La única excepción es el recurso de unificación de jurisprudencia, que no está permitido en este caso específico.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 503

Explicación en Lenguaje Simple:

Las multas por no cumplir las leyes laborales las pone la Inspección del Trabajo. Si te multan, tienes quince días hábiles para reclamar ante el juez del trabajo. Dependiendo del monto de la multa, se usará un procedimiento general o uno más rápido.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 504

Explicación en Lenguaje Simple:

Si necesitas reclamar ante la justicia por cualquier resolución de la Dirección del Trabajo que no sea una multa administrativa, el proceso judicial se hará siguiendo las reglas del procedimiento monitorio, tal como se explica en los artículos anteriores de este código.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 505

Explicación en Lenguaje Simple:

La Dirección del Trabajo es la encargada de fiscalizar las leyes laborales. Pueden abrir consultas públicas para que opines sobre sus nuevas normas, aunque tus sugerencias no son obligatorias. Además, los funcionarios públicos deben avisarles si ven alguna infracción a la ley.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 505BIS

Explicación en Lenguaje Simple:

Para que sepas cómo se clasifica tu empresa según la ley, fíjate en cuántos trabajadores tienes: si son entre 1 y 9, eres micro; de 10 a 49, pequeña; de 50 a 199, mediana; y si tienes 200 o más, ya eres considerada una gran empresa.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 505A

Explicación en Lenguaje Simple:

La fiscalización de la Dirección del Trabajo debe ser responsable, gratuita, transparente y eficiente. Todo su actuar se basa en principios de buen servicio público y leyes administrativas generales, garantizando tus derechos y deberes durante cualquier proceso de revisión de tu empresa.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 506

Explicación en Lenguaje Simple:

Si cometes alguna falta al Código del Trabajo, te multarán según el tamaño de tu empresa: las micro van de 1 a 5 UTM, pequeñas de 1 a 10, medianas de 2 a 40 y grandes de 3 a 60 UTM. Ojo, si afectas el fuero sindical, la multa sube de 14 a 70 UTM.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 506BIS

Explicación en Lenguaje Simple:

Si eres una micro o pequeña empresa y cometes una infracción que no pone en peligro la salud o seguridad de nadie, el inspector del trabajo puede darte un plazo de al menos cinco días hábiles para que te pongas al día.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 506TER

Explicación en Lenguaje Simple:

Si eres micro o pequeña empresa y te multan, puedes pedir cambiar la multa por cursos de capacitación o por un programa de cumplimiento en higiene y seguridad. Solo puedes hacer esto una vez al año y debes solicitarlo dentro de treinta días.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 506QUÁTER

Explicación en Lenguaje Simple:

Para decidir cuánto cobrar en una multa, la Dirección del Trabajo clasificará las infracciones como leves, graves o gravísimas. Para esto, considerarán qué tan grave fue la falta, cuántos trabajadores fueron afectados y cómo se portó el empleador durante el proceso.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 507

Explicación en Lenguaje Simple:

Si varias empresas actúan como un solo empleador para evadir obligaciones, los trabajadores pueden demandar. Si se prueba la simulación, el juez ordenará medidas concretas y multará a la empresa, buscando proteger tus derechos laborales y previsionales afectados por ese engaño.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 508

Explicación en Lenguaje Simple:

La Inspección del Trabajo te notificará por correo electrónico. Es vital que registres tu email en su sitio web. Si no lo haces, podrían notificarte por carta certificada a tu domicilio. Lo importante es que siempre estés localizable para cualquier aviso legal.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 509

Explicación en Lenguaje Simple:

¡Cuidado! Si falsificas certificados médicos o permisos, o si los usas a sabiendas de que son falsos, te arriesgas a sanciones penales graves. No solo tendrás problemas laborales, sino que podrías terminar enfrentando penas de cárcel según el Código Penal.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 510

Explicación en Lenguaje Simple:

Tus derechos laborales tienen plazos para reclamarlos: en general son dos años. Sin embargo, para cobro de horas extras, nulidad de despido o acciones por contratos, el plazo es de solo seis meses. ¡Ojo con el calendario para no perder tus beneficios!

💡 Explicación Sencilla

Artículo 511

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te multaron, puedes pedir al Director del Trabajo que reconsidere la multa si hubo un error o si ya arreglaste el problema. Si corriges la falta rápido, la multa se puede rebajar, incluso hasta en un ochenta por ciento si eres pequeña empresa.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 512

Explicación en Lenguaje Simple:

Para que te reconsideren una multa, debes escribirle al Director del Trabajo dentro de los treinta días siguientes a la notificación. Si no te convence su respuesta, tienes quince días hábiles para reclamar ante el Juez de Letras del Trabajo correspondiente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 513

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te roban o pierden documentos obligatorios (como registros de asistencia), debes avisar a la Inspección del Trabajo dentro de tres días hábiles. Solo podrás justificar legalmente la falta de estos documentos si hiciste el aviso y también la denuncia policial.

💡 Explicación Sencilla