Artículo 1
"Artículo 1º Declárase de utilidad pública para los efectos de la expropiación y para destinarlo a campo de aterrizaje el fundo "San Ramón", de propiedad de don Leonidas Parada, ubicado en el departamento de Chillán, con una cabida de ciento cuarenta y nueve hectáreas siete áreas, y cuyos deslindes actuales son los siguientes: Norte y Oriente propiedad de don Andrés Gazmuri; Sur, camino público y Poniente, propiedad de don Felidoro Tapia.
