Artículo UNICO
Artículo único. Declárase, por gracia, que la causal de retiro del Cuerpo de Carabineros de Chile, de don Pedro García Pica, debe ser considerada como invalidez de 2a. clase para todos los efectos legales. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
