Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia a doña Aurora del Río Rozas viuda de Arias, una pensión de quince mil pesos mensuales. El mayor gasto que importe la aplicación de esta ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
