Artículo UNICO
Artículo único. Reconócense, por gracia, y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios de don Romero Vásquez Vargas, 4 años y 10 meses de servicios prestados como Inspector ad honorem en la Escuela de Ciegos y Sordomudos, actual Escuela de Sordomudos, dependiente del Ministerio de Educación Pública, desde el 1.o de Marzo de 1935 hasta el 31 de Diciembre de 1939. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
