Artículo UNICO
Artículo único. Auméntase, por gracia, en treinta y cinco mil pesos ($35.000) mensuales la pensión de que actualmente disfruta doña Adriana Fuenzalida Feliú, viuda del ex funcionario de la Contraloría General de la República don René Feliú cruz, por ley N.o 9,922, de 8 de Junio de 1951. El mayor gasto que significa la aplicación de esta ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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