Artículo
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Aura Prodella Camus viuda de Celedón, una pensión de $ 35.000 mensuales. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
