Artículo UNICO
Artículo único. Auméntase, por gracia, a diez mil pesos mensuales, con derecho a acrecer, la pensión de que disfruta doña Elena Ríos viuda de Muñoz y doña Yolanda Muñoz Ríos. El mayor gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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