Artículo UNICO
Artículo único. Auméntase, por gracia, a treinta mil pesos mensuales, la pensión de disfruta doña Hortensia Gazmuri Dueñas por ley 12,369, de 11 de Diciembre de 1956. El mayor gasto que signifique la aplicación de esta ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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