Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Clara Yánquez viuda de Brieba, una pensión mensual de veinticinco mil pesos ($ 25.000). El gasto que significa la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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