Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Josefina Barros Ibar viuda de Escala, una pensión mensual de veinticinco mil pesos ($25.000). El mayor gasto que signifique la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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